ACTUALIZACIÓN
CONVENIO EMPLEADO FINCAS URBANAS 2012 COMUNIDAD DE MADRID
Como
quiera que el vigente Convenio Laboral de Empleados de Fincas Urbanas para la
Comunidad de Madrid, cuya vigencia se establecía para el periodo 2001-2003, y
no ha sido renovado, le es de aplicación lo dispuesto en su artículo 4,
prorrogándose en sus propios términos hasta la firma de un nuevo convenio. En
consecuencia con lo indicado en el apartado anterior y de acuerdo con lo
previsto en las Disposiciones Transitorias Segunda y Tercera del citado
Convenio Laboral, una vez conocido el Índice de Precios al Consumo interanual
al mes de noviembre de 2011 (2,9%), a partir del 1 de enero de 2012 se
incrementará el citado porcentaje a los siguientes conceptos salariales:
SALARIO BASE
INICIAL
El salario base inicial mensual de los empleados de fincas urbanas en todas sus
categorías y a tiempo completo será de 587,57 €. Los trabajadores a tiempo
parcial lo percibirán proporcionalmente a las horas contratadas en relación con
la jornada ordinaria de 40 horas semanales.
DESCUENTOS POR CASA-HABITACIÓN
Los casos de porteros con jornada completa e ingresos brutos anuales (excluidas
las cantidades que por horas y pagas extraordinarias pudiera percibir), entre
10.363,37 y 11.399,67 euros las deducciones que podrán efectuarse por el
disfrute de la casa-habitación serán las siguientes:
IMPORTE RETRIBUCIONES ANUALES
(excepto
pagas extras)
DEDUCCIONES
EUROS EUROS
Hasta 10.363,37 0
De 10.363,38 a 10.466,99 8,62
De 10.467,00 a 10.570,62 17,27
De 10.570,63 a 10.674,25 25,89
De 10.674,26 a 10.777,89 34,54
De 10.777,90 a 10.881,50 43,17
De 10.881,51 a 10.985,16 51,82
De 10.985,17 a 11.088,75 60,44
De 11.088,76 a 11.192,40 69,11
De 11.192,41 a 11.296,06 77,72
De 11.296,07 a 11.399,67 86,36
Si el importe de las retribuciones anuales (excepto pagas extraordinarias),
supera el importe máximo indicado en la tabla anterior, el descuento de
casa-habitación será del 15 por 100 sobre el salario base inicial (587,57*15%)=
88,14 €.
En el caso de porteros a tiempo parcial, no es de aplicación la tabla anterior,
pudiéndose aplicar como descuento por disfrute de casa habitación el 15 por 100
de su salario base inicial.
COMPLEMENTOS SALARIALES
Cuando el empleado de finca urbana tuviera a su cargo trabajos especiales,
tales como la retirada de las bolsas de basuras de las viviendas y locales
particulares, el cuidado y limpieza de los jardines anejos a la finca urbana en
que preste servicios, o del garaje particular de la misma o cualquier otro
servicio análogo, percibirá, como complemento de puesto de trabajo, una
cantidad en la cuantía que se pacte con la propiedad y que se fijará en razón
de la clase y extensión de tales servicios que no deben ser inferiores a las
siguientes cantidades:
RETIRADA DE BASURAS
Por la retirada de la basura de las puertas de las viviendas, oficinas o
locales que den acceso a la escalera o portal 4,37 euros en al año 2012, por
propietario y mes.
GARAJE
Por el cuidado del Garaje de la finca, cuando este es anejo inseparable a las
viviendas, realizando la limpieza y vigilancia de los elementos integrantes del
mismo tales como escaleras, ascensores, montacargas, motores o cualquier otro
servicio del garaje, percibirá durante el año 2012 por cada plaza de garaje la
cantidad de 0,92 euros mensuales.
JARDÍN
Por la atención, cuidado y limpieza de la zona ajardinada, se aplicará la
siguiente escala:
• Hasta 300 metros cuadrados (45,31 euros) mensuales.
• De 301 a 1000 metros cuadrados (90,61 euros) mensuales.
• Mas de 1000 metros cuadrados (135,93 euros) mensuales.
No tendrán la consideración de jardín, las jardineras y macetas existentes en
los elementos comunes de la finca.
PISCINA
Por la atención y cuidado 88,30 euros por piscina y mes o fracción de este, en
periodo de funcionamiento de las mismas durante el año 2012.
CORRESPONDENCIA
Por repartir la correspondencia en los casos que no existiera casilleros o
estos en su conjunto no reúnan las condiciones mínimas exigibles para tal fin,
19,86 euros mensuales durante el año 2012.
UTILIZACIÓN TELÉFONO PROPIO
Tendrá derecho a percibir por la utilización de teléfono propio en interés de
la comunidad o propiedad, la cantidad de 6,10 euros mensuales, durante el año
2012.
PLUS DE TRANSPORTE
Los empleados de fincas urbanas en sus categorías de conserje, limpiador/a,
jardinero, vigilante y controlador, en el caso que su domicilio particular y la
finca donde presta sus servicios disten en más de 2 Kms., tendrá derecho a un
complemento de plus de transporte de 51,78 euros mensuales durante el año 2012.
JUBILACIÓN
Para que los trabajadores con contratos anteriores a 1º de agosto de 1993
puedan tener derecho a la indemnización por jubilación prevista en el Artículo
52 del Convenio, será requisito necesario tener en el año 2012, una antigüedad
mínima en la finca de 27 años. (La indemnización prevista es de 14 días por
cada año que anticipen su jubilación a los 70 años).